1. En la presente Nota se pretende hacer balance de la evolución de la situación en la OMC desde la perspectiva de los países menos favorecidos (PMF). El alcance de los temas abarcados por la OMC es amplio y las reuniones, actividades, negociaciones y decisiones son numerosas. Por ello, esta Nota se centra en los temas considerados de particular interés para los PMF.
II. El Programa Incorporado
A) Agricultura
2. El número y la naturaleza de las propuestas que se han presentado hasta ahora en las Sesiones Especiales del Comité de Agricultura ilustran los escollos que plantean las negociaciones y la dificultad de llegar a un acuerdo dadas las numerosas posiciones divergentes. Ciertas disciplinas de la OMC siguen planteando problemas, como el uso de subvenciones a la exportación y de créditos a la exportación, el reexamen de los parámetros relativos a la disposición sobre la ayuda interna, las restricciones al uso de ayuda alimentaria y la clarificación del uso de medidas sanitarias y fitosanitarias para el control de las importaciones de alimentos. Los debates han seguido centrados en las dos siguientes posiciones: por un lado, los países exportadores que defienden la liberalización y por el otro, la Unión Europea, el Japón, Corea y un gran número de países en desarrollo que defienden la "multifuncionalidad" y las preocupaciones no comerciales.
3. Desde el punto de vista de los países en desarrollo, existe un amplio acuerdo en que los beneficios de la liberalización en el ámbito de la agricultura no han aumentado para ellos y que siguen existiendo desigualdades en las oportunidades que el sistema multilateral ofrece a los países en desarrollo y a los países desarrollados. Los países en desarrollo convienen, en general, en que a través del proceso de reforma previsto en el artículo 20 del Acuerdo sobre la Agricultura, debería poderse establecer un equilibrio entre las preocupaciones comerciales y las no comerciales y que las preocupaciones no comerciales son de diferente naturaleza para los países en desarrollo y los países desarrollados. Para los países en desarrollo, las preocupaciones no comerciales abarcan los elementos siguientes: la agricultura de subsistencia, el desarrollo rural, el empleo y la producción, el acceso a los alimentos y la mitigación de la pobreza. Para los países desarrollados, en cambio, estas preocupaciones se centran en la protección del medio ambiente, el patrimonio cultural, la inocuidad de los alimentos, la reducción del riesgo de la escasez de alimentos, etc. Otra cuestión importante que conviene tener presente es que la contribución de la agricultura al PIB, a los ingresos en divisas y al empleo es mucha más elevada en los países en desarrollo que en los países desarrollados. Por consiguiente, los países en desarrollo hacen hincapié en la necesidad de que se les conceda mayor flexibilidad para poder abordar estas preocupaciones concretas.
4. Según ciertas propuestas específicas presentadas por los países en desarrollo, las nuevas reducciones arancelarias que éstos países adopten deberían estar vinculadas a "verdaderas" reducciones de los aranceles de los países desarrollados y de sus niveles de ayuda interna; debería, asimismo, mantenerse el acceso preferencial concedido a las pequeñas economías en desarrollo; establecer nuevas disciplinas para las empresas comerciales estatales; garantizar un acceso exento de derechos a los productos agropecuarios procedentes de los PMA; y suprimir las subvenciones al arroz de los países desarrollados, dado que este producto constituye una de las principales exportaciones de los PMA.
B) Servicios
5. Los trabajos en la esfera de los servicios se han proseguido en varios sentidos: en las reuniones del Consejo del Comercio de Servicios (CCS) se han considerado las exenciones NMF. Con arreglo a lo dispuesto en el Anexo sobre las exenciones de las obligaciones del artículo II (NMF), todas las exenciones de esta índole concedidas por un período superior a cinco años deben ser reexaminadas por el CCS a más tardar cinco años después de la entrada en vigor del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS). El examen se realizó en el año 2000 pero no ha llevado por el momento a ninguna conclusión en particular. Se ha propuesto proceder a un nuevo examen de las exenciones NMF en 2004, pero no se ha tomado todavía ninguna decisión al respecto.
6. Los cinco años de debates sobre las disposiciones relativas a las medidas de salvaguardia urgentes, que se han venido celebrando en las reuniones del Grupo de Trabajo sobre las Normas del AGCS, no han llevado por el momento a ningún acuerdo. Algunos países en desarrollo Miembros sostienen que el sector de servicios de sus países debe estar protegido contra la evolución imprevista de las circunstancias, que puede tener consecuencias negativas en sus economías, y que dicha protección sólo puede lograrse a través de un mecanismo de medidas de salvaguardia urgentes. Recientemente, se prorrogó por tercera vez, hasta el 15 de marzo de 2002, la fecha límite para la conclusión de los debates. Además de las medidas de salvaguardia urgentes, el Grupo de Trabajo sobres las Normas del AGCS se ocupa, asimismo, de las subvenciones y de la contratación pública, si bien por el momento se han realizado avances mínimos.
7. El CCS celebró sesiones especiales sobre la liberalización progresiva de conformidad con el artículo XIX del AGCS. El trato de la liberalización autónoma formó parte de los debates sobre las directrices de negociación, si bien al final estas últimas adquirieron vida propia; los debates sobre el tema continuarán más allá de la adopción de las directrices. Con arreglo a las disposiciones del artículo XIX del AGCS, las directrices y procedimientos de negociación deben ser aprobados por los Miembros para cada Ronda de negociaciones. El contenido del primer proyecto de directrices correspondía en gran medida a una propuesta del G-24 [Nota 1], presentada en diciembre de 2000, en la que se subrayaba la necesidad de conceder un trato especial y diferenciado a los países en desarrollo, que les permitiera adquirir menos compromisos de acceso a los mercados y establecer exámenes sobre cómo una liberalización más extensa de los servicios podría beneficiar a los países en desarrollo. Sin embargo, numerosos países desarrollados consideraron que este proyecto estaba demasiado centrado en las necesidades de los países en desarrollo y se elaboró un nuevo proyecto. El segundo proyecto, examinado en febrero de 2000, fue rechazado por el G-74 (al G-20 se unieron los países africanos y la CARICOM) en base a lo siguiente: (a) se habían eliminado prácticamente todas las disposiciones relativas al trato especial y diferenciado, (b) no reflejaba el contenido de los debates celebrados durantes las reuniones informales; y (c) se distribuyó isn haber estado sujeto a consultas plenas. El 28 de marzo de 2001, se aprobó finalmente un cuarto proyecto que abrió camino a la fase más sustancial de las negociaciones.
8. Las negociaciones pendientes encaminadas a elaborar disciplinas relativas al AGCS sobre la reglamentación nacional, establecidas en la Ronda Uruguay, fueron examinadas en las reuniones del Grupo de Trabajo sobre la Reglamentación Nacional (GTRN), con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 4 del artículo VI del AGCS. Si bien el AGCS reconoce el derecho a reglamentar del que gozan los Miembros, también requiere que la reglamentación nacional relativa a las licencias, las normas técnicas y las prescripciones y procedimientos en materia de títulos profesionales, no tenga por objeto crear obstáculos innecesarios al comercio. Una vez finalizado el proceso previsto en el párrafo 4 del artículo VI relativo al sector de la contabilidad, el GTRN organizó consultas con otras organizaciones de profesionales del sector de los servicios (abogados, arquitectos, ingenieros, etc.) sobre la aplicabilidad horizontal de las disciplinas elaboradas para el sector de la contabilidad. Las respuestas han sido relativamente positivas. Los debates que se están celebrando actualmente en el GTRN se centran en los dos siguientes aspectos principales; la transparencia y la prueba de la necesidad. Los problemas que plantean ambos aspectos en cuanto a la definición, el alcance y los "objetivos legítimos", son la causa de los escasos avances registrados hasta el momento.
III. Balance sobre las Cuestiones relativas a la Aplicación
9. La Decisión adoptada el 15 de diciembre de 2000, destinada a avanzar sobre las cuestiones relativas a la aplicación como parte del ejercicio de "recuperación de la confianza" puesto en marcha por el fracaso de la Conferencia Ministerial de Seattle, ha llevado a hacer balance de los progresos realizados en relación con esta importante preocupación para los países en desarrollo. Estos últimos desean obtener beneficios tangibles de los Acuerdos existentes, en particular del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, el Acuerdo sobre la Agricultura, el AGCS y el Acuerdo sobre los ADPIC, ya sea mejorándolos o ajustándolos [Nota 2].
Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
· aumentar la transparencia respecto de los acuerdos de reconocimiento mutuo y permitir que las Partes puedan adherirse a ellos ulteriormente;
· definir con mayor claridad las normas, directrices y recomendaciones estipuladas en el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias;
· reforzar la participación de los países en desarrollo en los órganos de elaboración de normas comerciales internacionales.
Agricultura
· conceder mayor flexibilidad en el marco de la "caja verde" para abordar las preocupaciones no comerciales de los países en desarrollo con economías predominantemente agrarias;
· aplicar de manera eficaz la Decisión Ministerial de Marrakesh sobre los efectos negativos de la reforma agrícola en los países menos adelantados y en los países en desarrollo importadores netos de productos alimenticios;
· elaborar disciplinas eficaces, internacionalmente convenidas sobre créditos a la exportación de productos agropecuarios, garantías de créditos a la exportación o programas de seguro a fin de impedir que se eludan los compromisos en materia de subvenciones a la exportación.
Servicios
· plena aplicación por parte de los países desarrollados de los compromisos adoptados en base al modo 4, es decir el movimiento de personas físicas;
· elaboración de un mecanismo de supervisión y de notificación a fin de garantizar la aplicación eficaz del artículo IV del AGCS destinado a reforzar la participación de los países en desarrollo.
ADPIC
· moratoria relativa a los casos de anulación o menoscabo de las ventajas con arreglo al Acuerdo sobre los ADPIC;
· protección adicional a las indicaciones geográficas de otros productos, además de los vinos y las bebidas espirituosas;
· hacer obligatorios y someter a notificaciones periódicas los compromisos de los países desarrollados a proporcionar incentivos a sus empresas a fin de promover y alentar la transferencia de tecnología a los PMA;
· exentar de la patentabilidad la lista de los medicamentos esenciales de la OMS;
· prorrogar el período de transición del que se benefician los países en desarrollo.
10. Sin embargo, los escasos progresos realizados durante más de un año en relación con la aplicación se hicieron evidentes durante la reunión informal del 16 de marzo de 2001 relativa al tema. Se presentó un gran número de las cuestiones abordadas a los órganos competentes de la OMC para su ulterior examen. No obstante, varios Miembros sostienen que las solicitudes en materia de aplicación son tan numerosas que ajustarse a ellas significaría volverse atrás sobre los compromisos ya existentes y, por tanto, se justifica posponer los debates de dichas demandas a las próximas negociaciones.
IV. Períodos de Transición: las Medidas en materia de Inversiones relacionadas con el Comercio (MIC) y la Valoración en Aduana
11. Siguen sin resolverse las antiguas divergencias entre Miembros en cuanto a las solicitudes de extensión, por parte de los países en desarrollo, del período de transición previsto en el Acuerdo sobre las MIC, en el que se requiere a los Miembros que supriman, no más tarde del 1¡ de enero de 2000, todas las restricciones a las inversiones que no sean conformes a las disposiciones del Acuerdo (por ejemplo, el contenido local, la trayectoria exportadora, las restricciones comerciales y cambiarias para restringir las importaciones). Diez países en desarrollo han solicitado este tipo de extensiones [Nota 3] para períodos que varían entre cinco meses y siete años. Actualmente, los diez países antes mencionados y la Cuadrilateral (el Canadá, las CE, el Japón y los Estados Unidos) están negociando un acuerdo "2 x 2" (dos años de extensión más dos años de período de gracia sujetos a un examen caso por caso).
12. Respecto de la valoración en aduana, de los 18 Miembros para los que ha expirado la moratoria de cinco años prevista en el párrafo 1 del artículo 20 del Acuerdo, 15 han recibido una prórroga. Sin embargo, 25 países para los que ha expirado el periodo de transición, ni aplican el Acuerdo ni han solicitado extensión alguna.
V. La Conferencia Ministerial de Qatar: ¿Inicio de una Nueva Ronda de Negociaciones?
13. El Consejo General decidió el 8 de febrero de 2001 que la Cuarta Conferencia Ministerial tendría lugar del 9 al 13 de noviembre en Qatar, después de que Chile retirase su oferta de acoger dicha reunión. Está claro que existen importantes diferencias en cuanto al alcance e incluso la necesidad de lanzar una nueva Ronda; su inicio se ha convertido en un difícil ejercicio de equilibrio entre el avance en cuanto a la solicitud presentada por los países en desarrollo para obtener suficiente flexibilidad en la aplicación de los Acuerdos existentes, a fin de que también puedan beneficiarse de las ventajas que éstos ofrecen; el avance en las negociaciones objeto de mandato sobre la agricultura y los servicios; y los nuevos temas que se debatirán durante las negociaciones.
14. Los países que defienden una nueva Ronda de negociaciones (en particular la UE y el Japón y en menor medida los EE.UU. que no están totalmente convencidos de la opción de incluir en las negociaciones las cuestiones relativas a las inversiones y la competencia, y menos todavía las cuestiones antidumping y las subvenciones) consiguen difícilmente convencerse a sí mismos y convencer a los países que se oponen a una nueva Ronda, sobre todo los países en desarrollo y en particular el "Like-Minded Group" [Nota 4] (Grupo de Intereses Comunes). Así pues, la flexibilidad se ha convertido en una palabra clave, si bien la UE se muestra más moderada sobre un gran número de cuestiones contenciosas (la agricultura, la competencia, las inversiones, las normas fundamentales del trabajo y las cuestiones medioambientales). Sin embargo, la UE contempla la posibilidad de abandonar el concepto de "compromiso único" y de adoptar el "enfoque plurilateral", mediante el cual los Miembros podrían escoger libremente los acuerdos a los que adherirse.
15. Es obvio que lo que debe evitarse a toda costa es una repetición de lo ocurrido en Seattle; de ahí que los Miembros traten de evitar proponer un texto para la Declaración hasta que no se logre un acuerdo suficientemente general. Se está desarrollando paralelamente la idea de celebrar consultas encaminadas a preparar la Conferencia Ministerial y avanzar respecto de las solicitudes de los países en desarrollo relativas a la aplicación. Ciertos países en desarrollo no ven la necesidad de iniciar una nueva Ronda de negociaciones en Qatar y sostienen que las Reuniones Ministeriales de la OMC no deberían estar vinculadas al lanzamiento de nuevas negociaciones. Se ha establecido una nueva fecha límite para evaluar si se ha avanzado lo suficiente en relación al proceso de preparación como para seguir en el sentido de iniciar una nueva Ronda de negociaciones en Qatar. Sin embargo, puede que la fecha límite de julio sea demasiado prematura; algunos países dudan de que se disponga de suficiente tiempo para realizar los trabajos preparatorios y, por otra parte, el USTR ha declarado que para el mes de julio, los EE.UU. no estarán en posición de apoyar el inicio de una nueva Ronda de negociaciones.
VI. La Iniciativa de la UE: "Todo a excepción de las Armas"
16. Esta iniciativa, que es en gran medida el resultado de los esfuerzos del anterior Director General de la OMC, así como del actual, destinada a proporcionar un acceso exento de derechos y de contingentes a las importaciones de los PMA, está relacionada con importantes preocupaciones que atañen a la Organización, en particular el trato preferencial otorgado a los PMA dentro del amplio marco del trato especial y diferenciado destinado a los países en desarrollo. (Este positivo avance se diferencia en gran medida de la falta de progresos registrada respecto de la exención relativa al trato preferencial concedido a los países ACP bajo el Acuerdo de Colaboración entre los países ACP y la UE.) De hecho, a finales de febrero de 2001, la Unión Europea aprobó la iniciativa "Todo a excepción de las Armas+ a fin de suprimir los contingentes y los derechos de todos los productos importados de los PMA excepto las armas, cuya entrada en vigor estaba prevista para marzo de 2001. Sin embargo, la liberalización de tres productos sensibles, el azúcar, el arroz y los bananos, se escalonará en varias etapas de transición; la liberalización completa de los bananos no se espera hasta 2006 y la del arroz y el azúcar hasta 2009 [Nota 5]. Asimismo, la Comisión de las CE tendrá amplias facultades discrecionales para imponer salvaguardias contra estos productos en caso de que las importaciones causaran "graves perturbaciones" a los mercados de la UE. Por otra parte, se reforzarán las normas de origen y las importaciones de estos productos se someterán a controles a fin de evitar el fraude o la reexpedición, en cuyo caso se suspenderán las preferencias concedidas a dichos productos.
VII. El Marco Integrado (MI)
17. Los decepcionantes resultados obtenidos respecto del MI han llevado a los seis organismos participantes (la OMC, el Banco Mundial, el FMI, el CCI, la UNCTAD y el PNUD) a desplegar esfuerzos, en colaboración con numerosos países donantes, a fin de revitalizar dicho Marco. En febrero de 2001, se inició, en el marco del Subcomité de los Países Menos Adelantados de la OMC, un nuevo Programa Piloto del Marco Integrado destinado a asistir a los PMA que se han comprometido a enfocar el comercio de manera coherente en las estrategias de desarrollo de sus respectivos países, en particular con arreglo a los Documentos de Estrategia de Lucha contra la Pobreza (DELP) del Banco Mundial o del Marco de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo (UNDAF). El objetivo del Programa Piloto es reforzar el MI, garantizando la coordinación y la colaboración entre los PMA, las agencias multilaterales y los donantes que participan en el suministro de asistencia relacionada con el comercio y la creación de capacidades. A fin de garantizar el financiamiento del MI reforzado, se ha previsto el establecimiento de un Fondo Fiduciario abierto a contribuciones voluntarias. Noruega, el Reino Unido, los Países Bajos, Suecia, el Canadá, Dinamarca, el Japón y la UE, así como el FMI y el Banco Mundial, han aportado su contribución al Fondo Fiduciario.
18. La gestión del MI estará a cargo de los órganos siguientes: el Comité Directivo del MI, que estará integrado por seis representantes de ciertos PMA, las seis agencias participantes y los donantes, y el Grupo de Trabajo Interinstitucional que también desempeñará funciones administrativas en el Fondo Fiduciario y que estará compuesto de los órganos siguientes: las seis agencias participantes, los representantes del Programa Piloto Especial (de los PMA y de los donantes) y un representante de la Secretaría del Comité de Asistencia para el Desarrollo de la OCDE. Las funciones de los primeros abarcarán las orientaciones de política y la supervisión, y la segunda estará a cargo de la preparación del programa de trabajo y del presupuesto, de las secuencias de las actividades, de la selección de los expertos y de la supervisión y la evaluación de las operaciones sobre el terreno.
Nota 1 : La Argentina, el Brasil, Cuba, la República Dominicana, El Salvador, Honduras, la India, Indonesia, Malasia, México, Nicaragua, Pakistán, Panamá, Paraguay, Filipinas, Sri Lanka, Tailandia, Uruguay y los miembros de la Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, el Ecuador, el Perú y Venezuela). (volver al texto)
Nota 2 : La Secretaría de la OMC ha elaborado un documento en el que se recogen cuestiones relativas a la aplicación planteadas por los Miembros, incluidos los párrafos 21 y 22 del proyecto de Texto Ministerial revisado de fecha 10 de octubre de 1999 y otras cuestiones planteadas desde entonces: (JOB(01)/14, 20 de febrero de 2001. (volver al texto)
Nota 3 : La Argentina, Chile, Colombia, Egipto, Malasia, México, Pakistán, las Filipinas, Rumanía y Tailandia. (volver al texto)
Nota 4 : Grupo formado por Cuba, Egipto, la República Dominicana, Honduras, la India, Indonesia, Malasia, Pakistán, Tanzania, Uganda y Zimbabwe; estos países son de la misma opinión en cuanto a las cuestiones relativas a la aplicación, es decir que estas últimas deben resolverse antes de que se inicien nuevas negociaciones; que los países en desarrollo cuenten con un período de tiempo más largo para aplicar ciertas obligaciones comerciales; y que se modifiquen los Acuerdos existentes a fin de que los países en desarrollo puedan gozar de los beneficios que han negociado y que todavía no se han materializado. (volver al texto)
Nota 5 : Los derechos sobre los bananos frescos se reducirán del 20% anual a partir de enero de 2002 y se eliminarán a más tardar el 1¡ de enero de 2006; los derechos sobre el arroz se reducirán del 20% en fecha de 1¡ de septiembre de 2006, del 50% en fecha de 1¡ de septiembre de 2007 y del 80% a partir del 1¡ de septiembre de 2008 y se eliminarán a más tardar el 1¡ de septiembre de 2009. Los derechos sobre el azúcar se reducirán del 20% en fecha de 1¡ de julio de 2006, del 50% en fecha de 1¡ de julio de 2007, del 80% el 1¡ de julio de 2008 y se eliminarán a más tardar el 1¡ de julio de 2009. (volver al texto)